Pronunciamiento de CODESOC contra resolución mendocina que desconoce al pueblo mapuche

05/06/2023

El Consejo de Decanas y Decanos de Facultades de Ciencias Sociales y Humanas (CODESOC) se pronunció contra la resolución Nº 1930 de la Cámara de Diputados de Mendoza, cuya letra desconoce al pueblo mapuche sus atributos de preexistencia establecidos por la Constitución nacional. La letra del documento parlamentario se votó el pasado 29 de marzo y establece que “los mapuches no deben ser considerados pueblos originarios argentinos en los términos del art. 75 inc. 17 de la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales”, expresa “repudio por el Decreto N°805/21 del Poder Ejecutivo Nacional, que prorroga y modifica la Ley 26.160” y manifiesta “preocupación por procedimientos realizados por el INAI en las Resoluciones 36/2023; 42/2023 y 47/2023”.

Al respecto, el organismo que nuclea a decanas y decanos de casas de estudios especializadas en Ciencias Sociales recordó que el articulado incorporado a la Reforma Constitucional de 1994 reparó “una deuda histórica del Estado argentino” y fijó “que corresponde al Congreso de la Nación reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan”. Por otra parte, destacó el “Convenio 169 sobre pueblos Indígenas y tribales de países independientes” de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establece que es responsabilidad de los estados promover acciones conjuntas con los pueblos indígenas que garanticen sus derechos sociales, económicos y culturales, y la Ley N° 26.160 y sus sucesivas prórrogas, al suspender la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, y ordenar relevamientos territoriales, constituye un significativo avance para garantizar una mayor seguridad jurídica y acceso a derechos a los pueblos indígenas.

En ese sentido, el texto sopesa que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, en pleno uso y ejercicio de sus funciones, procedió al relevamiento territorial de las comunidades indígenas “Comunidad Lof El Sosneado”, “Comunidad Lof Suyai Levfv” y “Comunidad Lof Limay Kurref”, todas pertenecientes al pueblo mapuche de la provincia de Mendoza.

Y por esa razón, el plenario de CODESOC declaró: “es de suma gravedad institucional y democrática que una resolución elaborada por la Cámara de Diputados de una provincia ponga en cuestión derechos y garantías establecidas en nuestra carta magna y en tratados internacionales, cuya jerarquía y primacía legal no puede discutirse”. “Entendemos que esta situación actualiza una historia de sometimiento de los pueblos indígenas por parte del Estado argentino, signada por el genocidio y la negación de existencia de población originaria en este territorio”, completó.

Asimismo, señaló como una “contradicción” que los legisladores cuyanos aseguren “bajo una supuesta evidencia científica” que el pueblo mapuche no debe ser considerado pueblo originario argentino. “El propio texto constitucional reconoce la preexistencia de los pueblos indígenas en relación al estado-nación y el dictamen de minoría de dicha cámara demuestra con investigaciones fundadas los procesos de agrupamiento e identificación de comunidades en la provincia de Mendoza”, graficó.

Otro de los fundamentos del CODESOC radica en que “el criterio para considerar la pertenencia a un pueblo indígena es la autopercepción”. “Una resolución como la de la Cámara de Diputados de Mendoza se presenta como un claro retroceso al desconocer las normas vigentes, así como negar y perpetuar la sistemática vulneración de derechos de la que han sido objeto los pueblos indígenas”, remarca la pieza, y añade: “no puede desconocerse, en este sentido, que la decisión de la Cámara de Diputados de la provincia de Mendoza tiene como trasfondo el debate alrededor de la propiedad de la tierra y el acceso a recursos naturales estratégicos, disputa que ha sido uno de los fundamentos de las políticas que han buscado el exterminio físico y cultural de los pueblos originarios hasta la actualidad”.

Finalmente, las autoridades de esos enclaves académicos repudiaron la “violación de las garantías constitucionales de los pueblos originarios”, y pusieron sobre el tapete que bregan “por el cumplimiento y ampliación de los derechos de dichos pueblos y reafirma la centralidad de poner el conocimiento científico al servicio de la profundización de la democracia”.


Cómo llegar



Sedes

Sede SE | Santiago del Estero 1029
CABA – Argentina | Tel +54 (11) 5287-1500

Sede MT | Marcelo T. de Alvear 2230
CABA – Argentina | Tel +54 (11) 5287-1500


Seguinos





logouba