La Facultad dispone de un conjunto de propuestas y herramientas para articular con el mundo del trabajo. A continuación se presentan las modalidades, circuitos, posibilidades y requisitos que tiene Sociales para vincularse con organismos estatales, organizaciones sociales y empresas.
La Asistencia Técnica por parte de una Institución Educativa Universitaria consiste en ofrecer a la comunidad (ya sea a través de un Organismo Público, una ONG o una institución privada) servicios específicos y propios de la unidad académica ofertante.
Se entiende por servicios específicos a aquellas asistencias profesionales y/o académicas puntuales destinadas a transferencia de saberes, conocimientos metodológicos o tecnológicos.
Los objetivos de los convenios de asistencia o cooperación técnica son:
Su duración en el tiempo debe ser acotada- esto no implica un límite temporal. Su desarrollo está vinculado con la pertinencia de las tareas a desarrollar por los asistentes técnicos de la Facultad –con respecto a los campos disciplinarios que actúan en la Facultad de Ciencias Sociales- mediante proyectos claramente definidos. En ningún caso se elevarán convenios en los cuales la asistencia técnica sea indefinida en el tiempo y no posea proyecto respaldatorio.
Todos los proyectos deberán tramitarse administrativamente a través de la Dirección de Convenios y Transferencia Tecnológica de la Secretaría de Extensión Universitaria y deberán ser aprobados por el Consejo Directivo de la Facultad.
Los proyectos de asistencia técnica que formarán parte del Anexo I del Convenio deberán constar de: Fundamentación, Objetivos, Plan de Trabajo, Cronograma, Equipo necesario y funciones a desempeñar por los mismos, Presupuesto y Forma de Pago, Overhead Facultad.
Normativa: Res. CS 1655/87. Res. CS 2805/92. Res. CS 3404/99. Res. CS 1868/03. Res. CS 1133/10. Res CD 4153/05.
La documentación necesaria para tramitar un Convenio de Asistencia Técnica comprende:
1 – Carta oficial solicitando el convenio entre la Facultad de Ciencias Sociales y el Organismo/Empresa/ONG. En ella especificar:
2- Proyecto de Convenio y Proyecto de Plan de Trabajo que formará parte del Anexo I del Convenio
3-Instrumentos legales:
Modelo de Convenio Marco de Asistencia Técnica y Capacitación
Tec. Rita Barreiro convenio@sociales.uba.ar
¿Cómo tramitar un convenio marco o práctica pre-profesional? Documentación a presentar
* Carta oficial solicitando el convenio entre la Facultad de Ciencias Sociales y el Organismo/Empresa/ONG. En ella especificar:
*Objeto del convenio.
*Características del Organismo/Empresa/ONG.
*Responsable de la Institución que firmará el Convenio.
* Proyecto de Convenio.
* Instrumentos legales:
Modelo de Convenio Marco de Asistencia Técnica y Capacitación
El Sistema de Pasantías Educativas de la Facultad se encuentra en el marco de la Ley Nº 26.427 y se dirige a estudiantes de las cinco carreras -Ciencia Política, Ciencias de la Comunicación, Relaciones del Trabajo, Sociología y Trabajo Social – con el objetivo de complementar y potenciar su formación, acceder a prácticas pre-profesionales y vincularse con el mundo del trabajo articulando competencias y saberes adquiridos en la curricula. Resulta de vital importancia para Sociales articular con organismos públicos y privados para fortalecer la formación, generar más y mejores redes de vinculación, así como generar nuevas propuestas para la intervención en el campo laboral.
Las pasantías educativas son remuneradas y tienen una duración de 2 a 18 meses. Les pasantes reciben una asignación estímulo y desarrollan sus tareas laborales en un máximo de 20 hs semanales y en jornadas que no pueden superar las 6 horas diarias.
Se desarrollan en organismo públicos, empresas, ONG, asociaciones civiles, sindicatos y embajadas con los cuales la Facultad firma un convenio marco de pasantías y no originan ningún tipo de relación laboral entre estudiantes y empleadores.
La Facultad a través de su Dirección de Empleo realiza la búsqueda y preselección de les pasantes, pudiendo excepcionalmente contemplarse la presentación de un candidato por la contraparte, siempre que cumpla con los requisitos académicos requeridos.
Lic. Carmen Del Valle carmen@sociales.uba.ar
Anastasia Strelec astrelec@sociales.uba.ar
Facilitan al organismo público, empresa, ONG, asociación civil, sindicato o embajada la formación y capacitación de un/a profesional que se ajuste al perfil requerido.
-Ser estudiante regular de una carrera de la Facultad
-Haber aprobado al menos 6 materias de la carrera, además del CBC
-No estar realizando otra pasantía
Las tareas de les pasantes son supervisadas por un/a Tutor/a, por parte de la empresa/organismo y docentes-guía de la Facultad. Ambos deben elaborar conjuntamente el Plan de pasantías.
Les pasantes reciben una suma de dinero en carácter no remunerativo en calidad de asignación estímulo, que se calculará sobre el salario básico del convenio colectivo aplicable a la empresa u organismo empleador. La asignación debe ser proporcional a la carga horaria de la pasantía.
Para el caso de actividades que no cuenten con convenio colectivo, se aplicará para el cálculo de la asignación estímulo, el salario mínimo, vital y móvil, en forma proporcional a la carga horaria de la pasantía.
Todos los beneficios regulares y licencias que se acuerden al personal según se especifique en la reglamentación. Asimismo se les deberá brindar una cobertura de salud cuyas prestaciones serán las previstas en la Ley 23.660 —Ley de Obras Sociales-, así como deberán incorporarse al ámbito de la Ley 24.557 sobre Riesgos de trabajo.
Los gastos administrativos correspondientes a la implementación de las pasantías educativas a abonar por la contraparte a la Facultad, no pueden imputarse ni en todo ni en parte a la asignación estímulo del pasante; se establece para estos gastos, un CINCO POR CIENTO (5 %) mensual del valor de la asignación estímulo.
a) En empresas de hasta doscientos (200) trabajadores, UN (1) pasante por cada diez (10) trabajadores en relación de dependencia por tiempo indeterminado;
b) en empresas de doscientos uno (201) trabajadores en adelante: un siete por ciento 7%.
c) en organismos o entidades de la Administración pública nacional, provincial o municipal en número de pasantes no podrá exceder el siete por ciento (7%) de la planta de personal financiada y aprobada en el presupuesto.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ejercerá el contralor del cumplimiento de la ley de pasantías 26.427 con relación a las empresas y organismos para que no se alteren sus objetivos. En caso de incumplimiento por parte de la empresa de alguno de los requisitos o características que tipifican a esta especial relación, la pasantía educativa perderá el carácter de tal y será considerada contrato laboral por tiempo indeterminado. En dicho caso, regirán todas las sanciones e indemnizaciones que correspondan para la relación laboral no registrada.
Carta oficial solicitando un convenio de pasantías entre la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires y la Institución, Organismos o Empresa para la firma del Convenio, especificando:
-Cantidad de pasantes
-Carrera de los pasantes
-Horario a cumplir
-Lugar donde se desarrollará la pasantía
-Monto de asignación estímulo.
-Tareas específicas a desarrollar
-Responsable de la Empresa / Institución que firmará el Convenio
-Tutor por parte de la Organización / Institución / Organismo:
-Nómina Cobertura médica y A.R.T.
-Convenio Colectivo de Trabajo
-Categoría asimilable del CCT (en relación con las tareas que desarrollará el pasante):
-Escala Salarial correspondiente a la categoría consignada
-Cantidad de empleados de la empresa / Institución
-Responsable de pagos de la contraparte (mail de contacto)
Documentación anexa:
-Folleto informativo: que incluya el objeto de la Empresa/Organismo/ONG/Asociación Civil
-Instrumentos Legales: Estatutos Legales y último acta de designación de autoridades. En caso de que el firmante sea un apoderado, deberá presentarse el poder correspondiente. Todo en fotocopia certificada.
-Constancia de inscripción a AFIP
-Declaración jurada: relativa al Convenio Colectivo de Trabajo que aplica al personal que realiza tareas asimilables a las que desarrollará el pasante, fotocopia del CCT y del último acuerdo paritario.
Modelo de declaración jurada relativa al Convenio Colectivo de Trabajo
Modelo de Convenio para pasantías
Organismos públicos: Decreto o Resolución de designación de la persona con atribuciones para firmar convenios. Si dicha persona es una autoridad a cargo de una Unidad Organizativa con rango inferior al de Subsecretaría, el Decreto, Ley o Resolución que reglamenta las funciones y objetivos de la dependencia. En ambos casos, certificado en original.
Recibida y examinada la información y documentación, es elevada para su aprobación a la Comisión de Extensión Universitaria y posteriormente al Consejo Directivo de la Facultad.
NOTA: la presentación de la documentación NO habilita la firma del Convenio, su aprobación es potestad del Consejo Directivo de la Facultad.
Ley N° 26427. Sistema de Pasantías Educativas
Herramienta creada con la finalidad de habilitar la incorporación de los alumnos en organismos públicos, u ONG mediante la constitución de éstos en Centros de Prácticas con la finalidad de realizar actividades formativas de acuerdo a lo exigido en la currícula de las Carreras.
Modelo de Convenio de Prácticas Pre-Profesionales
Tec. Rita Barreiro: convenio@sociales.uba.ar
Dra. Ianina Lois | Secretaria de Extensión Universitaria
Elías Guillermo Levy | Subsecretario de Convenios y Vinculación Institucional