¿Sabías que en el año 2015 la UBA aprobó un Protocolo para prevenir e intervenir ante situaciones de violencia o discriminación por motivos de género??
Este protocolo tiene el objetivo de prevenir e intervenir ante situaciones de violencia o discriminación de género u orientación sexual. Su implementación tiene como fin garantizar que nuestra Facultad sea un ambiente libre de violencias y discriminación.
Grupo Interdisciplinario “No a la violencia de género”
Desde julio de 2016 en la Facultad de Ciencias Sociales se creó el Grupo Interdisciplinario “No a la violencia de género”. Este espacio está integrado por profesionales, docentes y nodocentes de distintas áreas y carreras de la facultad, y sus ejes fundamentales son la privacidad, el respeto, la confidencialidad y la no revictimización.
Si atravesaste una situación de violencia, tenés dudas o consultas podés contactarte con el equipo escribiendo a noalaviolenciadegenero@sociales.uba.ar
Documentos de interés:
Protocolo RES CS 4043-2015
Modificación RES CS 1918-2019
Es la herramienta institucional de la Universidad de Buenos Aires diseñada para prevenir e intervenir ante situaciones de violencia o discriminación por motivos de género u orientación sexual. Su objetivo es garantizar que la Facultad sea un ambiente libre de violencias y discriminación, promoviendo condiciones de igualdad y equidad.
El procedimiento rige para las relaciones laborales y educativas que se desarrollen en cualquier dependencia de la UBA. Involucra a:
✅Funcionarios/as, docentes y nodocentes (cualquiera sea su condición laboral).
✅Estudiantes (cualquiera sea su situación académica).
✅Personal académico temporario o visitante.
✅Terceros que presten servicios no académicos en las instalaciones de la Universidad.
El protocolo incluye situaciones que tengan por objeto o resultado excluir, restringir, degradar o anular el ejercicio de derechos, tales como:
✅Acoso sexual: Todo comentario o conducta con connotación sexual no consentida que implique hostigamiento o asedio.
✅Hechos con connotación sexista: Conductas que discriminan, subordinan o estereotipan a las personas por su género u orientación sexual, provocando sufrimiento, miedo o afectando su dignidad.
✅Hechos de violencia sexual: Cualquier vulneración del derecho a decidir voluntariamente sobre la vida sexual mediante engaño, amenaza, fuerza o intimidación.
Las situaciones pueden ocurrir tanto en el emplazamiento físico de la Universidad y sus dependencias, como fuera del espacio físico (medios telefónicos, virtuales o de otro tipo), siempre que estén contextualizadas en el marco de las relaciones laborales o educativas.
En la Facultad de Ciencias Sociales, podés contactar al Grupo Interdisciplinario “No a la violencia de género” a través del correo electrónico: noalaviolenciadegenero@sociales.uba.ar.
El Protocolo se rige por los siguientes ejes fundamentales:
✅Asesoramiento gratuito
✅Respeto y Privacidad
✅Confidencialidad
✅No revictimización
No. El primer contacto tiene como fin brindar asesoramiento, despejar dudas o realizar consultas. El equipo interdisciplinario te escuchará y, tras una evaluación de pertinencia, se decidirán los pasos a seguir de acuerdo a tu voluntad. No toda consulta termina en una denuncia administrativa ni en la apertura de un proceso disciplinario.
Asesoramiento y derivación responsable: En caso de que se trate de una situación no contemplada en el Protocolo.
Procedimiento Especial de Seguimiento: En caso de que se trate de situaciones contempladas en el protocolo que no se convertirán en una denuncia administrativa.
Denuncia administrativa: En caso de que se trate de una situación contemplada en el protocolo y que por su gravedad amerita una denuncia administrativa. Las especificaciones dependen del régimen disciplinar de cada claustro.
Es un proceso opcional y no punitivo que busca el cese inmediato de la situación mediante pautas de conducta aceptadas voluntariamente por la persona señalada, sin necesidad de iniciar un sumario disciplinario. Su inicio depende exclusivamente de la voluntad de la persona afectada.
El proceso disciplinario queda reservado para aquellos casos en los que sea necesario implementar medidas que signifiquen restricciones laborales o académicas para el denunciado, en función de la gravedad de la situación denunciada; o debido al incumplimiento de las pautas acordadas en el Procedimiento Especial de Seguimiento. Este proceso se rige por las normas disciplinarias vigentes de la Universidad, correspondientes a cada claustro, es decir que no dependen del protocolo.
No. Las acciones dentro del Protocolo son independientes del inicio o resultado de acciones civiles o penales. No obstante, la Universidad insta a acudir al sistema de justicia cuando se trate de presuntos delitos, ya que es la instancia competente para dictar medidas de protección psicofísica externas.
Sí, pero las denuncias realizadas por terceros deben ser ratificadas por la persona directamente afectada para que se pueda disponer de alguna medida.